
Son muchas las parejas que deciden adoptar un hijo o una hija de otro país, algunos de ellos cansados de los años de espera que en España se deben de pasar (una media de 5-10 años) así como el desembolso elevado de dinero.
A la hora de adoptar a un niño o niña de origen extranjero ha de conocerse la Ley de adopciones del país donde queremos adoptar así como cumplir los requisitos que allí se establezcan (además, de los previstos en la legislación española).
Para iniciar una petición de adopción internacional es necesario dirigirse a la Entidad Pública competente de su lugar de residencia (servicio de protección de menores de la ciudad en donde resida) para presentar una solicitud de adopción para el país que se haya decidido, siempre y cuando se cumplan los requisitos.
Una vez iniciado ese paso, un equipo multiprofesional de los servicios de protección de menores de su lugar de residencia realizarán un estudio psicosocial para valorar la capacidad de los futuros padres y dar su validez para ejercitar la potestad de un menor.
Una vez obtenido ese documento de forma satisfactoria se crea el expediente y se envía al país de origen del niño donde los profesionales en ese campo estudiarán la solicitud y darán respuesta, pasando posteriormente el expediente a la instancia judicial competente, que dictará la resolución de adopción.
Esa resolución deberá ser registrada en España para que tenga validez.
Publicado por Akachan en - Adopción, Familia el 15 Julio, 2008
